Código Ético y Normas de Conducta
El Objetivo del presente Código Ético y de Conducta (Código) es asegurar que todos los trabajadores tengan conocimiento de los principios de integridad personal que se les exige ejercer en la conducción de los negocios de la empresa y de sus asuntos privados y financieros.
Estos principios han de guiar y orientar el comportamiento profesional de los empleados de todas las empresas del Grupo Kairós (KAIRÓS DIGITAL ANALYTICS AND BIG DATA SOLUTIONS S.L., KAIROS DIGITAL SOLUTIONS GROUP, S.L., KAIROS DIGITAL SOLUTIONS MÉXICO, S.A DE C.V., KAIRÓS PERÚ DIGITAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (referido en adelante como Grupo Kairós, la Empresa, Compañía), esperando que el personal referido actúe siguiendo los más altos estándares de integridad personal y profesional en todas sus actividades, cumpliendo con todas las leyes y regulaciones aplicables; y que rechace y disuade a otros de realizar actos de mala fe. Este Código recoge el compromiso de todo el Grupo de actuar conforme a unos valores que garanticen un comportamiento responsable en todas las relaciones de las empresas, tanto con sus propias personas trabajadoras, clientes, proveedores, accionistas y con la sociedad en general.
De esta forma, se fomenta su inclusión con Pacto Mundial de Naciones Unidas, la Agenda 2030 y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), así como su futura inclusión en Acuerdos Marco en el ámbito de medio ambiente.
La finalidad de este Código Ético es formalizar el compromiso del KAIRÓS con los Derechos Humanos reconocidos en la legislación nacional e internacional, así como definir los principios que aplicará a la Empresa para la debida diligencia en materia de derechos humanos, de conformidad con los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, las Líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales, los principios en los que se basa el Pacto mundial de Naciones Unidas, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (incluido el convenio 169), los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), recogidos en este Código Ético, así como los documentos y textos que puedan sustituir o complementar a los anteriormente referidos.
Les recomendamos cumplir el Código de Conducta y las políticas y procedimientos de KAIRÓS, ya que quienes violen estas normas estarán sujetos a acciones disciplinarias que incluso pueden llegar hasta la rescisión de la relación laboral.
Se pondrá a disposición de los trabajadores de GRUPO KAIRÓS el acceso a todas las políticas implantadas en el seno de la Empresa, y que serán de debido cumplimiento y observación por parte de la persona trabajadora y todas las partes interesadas.
GRUPO KAIRÓS, a través del presente procedimiento, implementa un canal que permite comunicar de forma confidencial aquellas actuaciones o conductas que puedan considerarse que vulneran los principios establecidos en el código ético.
El Departamento de Legal, encargado de recepcionarlas, podrá actuar, junto con el Departamento de Recursos Humanos, por propia iniciativa o a instancia de cualquier empleado o grupo de interés debidamente identificado.
Cualquier empleado de GRUPO KAIRÓS o persona de un grupo de interés podrá denunciar los presuntos incumplimientos que detecte del código ético o en sus empleados. Este procedimiento garantiza que quede preservada la identidad de la persona que comunique una actuación anómala. En caso de duda o consulta sobre algún(os) punto(s) en particular, esto(s) deberá(n) ser aclaradas por su superior inmediato o por el departamento de Legal de GRUPO KAIRÓS: legal@kairosds.com. Las comunicaciones que contengan denuncias de incumplimiento o consultas relativas a la interpretación o aplicación del código ético podrán hacerse llegar al Departamento de Legal a través de correo electrónico legal@kairosds.com, o a la atención del Departamento Legal de GRUPO KAIRÓS a la siguiente dirección:
C/Caleruega, nº102, C.P 28033, Madrid (Madrid).
El Departamento Legal asume el compromiso de resolver cualquier asunto que sea sometido a su competencia. Para llevarla a cabo, se puede realizar a través del canal de denuncias, ubicado en la web corporativa de Kairós:
Canal de Denuncias de Grupo Kairós
Medidas en caso de incumplimiento
Confiando en que de todos los empleados de GRUPO KAIRÓS, seguirán las normas de conducta recogidas en el código, en el caso de que se detectase algún tipo de incumplimiento, el Área de HR junto con el asesoramiento del departamento de Legal, estudiará cada caso para adoptar las medidas disciplinarias oportunas que pueden ir desde una advertencia, sanción, reubicación del puesto de trabajo hasta el despido.
Para ello, se tendrá en cuenta lo estipulado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que, en cualquier contexto laboral o profesional, informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción a través del canal interno de denuncia, de forma efectiva, confidencial, con garantía de independencia e imparcialidad, proceso que será desarrollado en una política de gestión de comunicaciones.
En todos los casos, se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad en los que se tiene en cuenta los daños producidos al GRUPO KAIRÓS.
Poner los intereses de GRUPO KAIRÓS sobre los de cada trabajador en particular
Cumplir con el espíritu y la letra de todas las leyes y regulaciones
Todos los empleados de GRUPO KAIRÓS están obligados a proteger la información, confidencial o reservada de que sean conocedores por razón de su cargo −ya sea técnica, financiera, comercial o de cualquier otro carácter− y no usarla fuera del ámbito de su relación laboral, ni revelar a terceros sin el previo consentimiento escrito de la empresa, excepción hecha de aquellas solicitudes de información que le sean exigidas por autoridad judicial o administrativa en términos legales.
El conocimiento de información protegida a la que cualquier empleado tenga acceso, como consecuencia de su relación con proveedores y subcontratistas, contará con las garantías previstas en la Ley de Protección de Datos.
Aquellos empleados que, por razón de sus altas responsabilidades, tengan acceso a información especialmente sensible podrán ser exigidos por la Compañía para suscribir compromisos específicos de confidencialidad como anexo a su contrato principal de trabajo.
La empresa garantizará a sus empleados, proveedores, clientes y a cualesquiera terceros que con ella tengan relación el fiel cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y con ello de confidencialidad, adoptando las pertinentes medidas en su Organización para que dicha normativa tenga plena eficacia. Dentro de estas medidas, cabe mencionar:
Todos los trabajadores tienen la responsabilidad de garantizar que los datos recogidos sean precisos, actualizados y que permanezcan seguros. La información almacenada en los ordenadores deberá utilizarse solamente para los fines con que fue obtenida. Su revelación no autorizada está prohibida ya que constituye un delito grave y puede dar lugar a una acción penal. GRUPO KAIRÓS cuenta con un protocolo de seguridad en materia de Protección de Datos que desarrolla este precepto y rige normativamente, de acuerdo a la legislación aplicable en cada país:
España: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, Reglamento (UE) 2016/679 y Directiva (UE) 2016/680.
México: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Perú: Ley N° 29733 (Ley de Protección de Datos Personales) y Decreto Supremo N° 016-2024-JUS.
GRUPO KAIRÓS es responsable último del tratamiento de los datos recogidos en el ámbito empresarial, no obstante, podrá repetir las acciones que crea conveniente para salvaguardar sus intereses contra quien vulnere su deber de información y buena guarda. Los datos, en todo caso, podrán ser cedidos por Administración Pública, mandato judicial o imperativo legal, así como en el ejercicio de las funciones propias inherentes al puesto, donde se
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas (incluida la elaboración de perfiles), portabilidad y limitación del tratamiento de los datos puede interponerse, vía correo electrónico al email de lopd@kairosds.com indicando como referencia “Protección de datos”, para lo que se podrá solicitar documentación que acredite debidamente la identidad del interesado.
En caso de cualquier tipo de vulneración en materia de Protección de Datos Personales, el trabajador se compromete a informar al GRUPO KAIRÓS sobre este supuesto, haciendo indicar lo sucedido con total exactitud. En caso contrario, y siendo conocedor de este supuesto, el trabajador podría incurrir en sanción disciplinaria.
Una vez que el trabajador ponga de manifiesto a GRUPO KAIRÓS de lo sucedido, esta estudiará la situación y si cree procedente y considera que se ha cometido una vulneración en materia de Protección de Datos Personales, lo comunicará a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
En caso de vulneración de Protección de Datos, el trabajador deberá remitir toda la información que conozca a:
GRUPO KAIRÓS
Dependencias de la Empresa:
CALLE CALERUEGA, 102, 28033 Madrid (Madrid)
Dirección de correo electrónico: lopd@GRUPO
Entre las principales cualidades que deben observar los trabajadores de GRUPO KAIRÓS, para con los clientes, se encuentra las siguientes:
En GRUPO KAIRÓS, entendemos que la protección del entorno no es solo una obligación legal, sino un pilar estratégico de nuestra identidad corporativa. Nuestro compromiso se articula a través de los siguientes ejes de actuación:
1. Cumplimiento Normativo y Prevención
Desarrollamos nuestra actividad bajo un estricto respeto al medio ambiente, superando la mera observancia de la legislación vigente.
GRUPO KAIRÓS proporcionará y evaluará al empleado en política de Seguridad y salud en el trabajo con base a la legislación vigente en cada caso, con la evaluación del riesgo y curso básico de implantación, basada en el cumplimiento estricto de todas las regulaciones, la formación y la gestión preventiva de los riesgos laborales. Esta política implantada tendrá carácter preferente sobre este Código, y sirviendo éste subsidiariamente en caso de no especificar aquella algún supuesto.
GRUPO KAIRÓS no tolerará el acoso en el lugar de trabajo, en ninguna de sus vertientes. A las personas trabajadoras que violen esta política y protocolos les será rescindido el contrato de trabajo, con fundamento a la Ley y al Plan de Igualdad de GRUPO KAIRÓS y a los planes de acoso, acoso sexual y protocolo de acoso LGTBIQ+, los cuales rigen preceptivamente antes que el actual Código, que será de carácter general y subsidiario.
Asimismo, se encuentran prohibidas las siguientes conductas, de forma enunciativa, mas no limitativa:
GRUPO KAIRÓS se declara contraria a influir sobre la voluntad de personas internas o ajenas a la compañía para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar dichas prácticas con su plantilla. El personal de GRUPO KAIRÓS, no podrá aceptar ni ofrecer, ni directa ni indirectamente, obsequios, dádivas, retribuciones, promesas o compensaciones de cualquier tipo que tengan por objeto influir o dejarse influir de manera impropia en sus relaciones comerciales, profesionales o administrativas, tanto con entidades públicas como privadas, nacionales o internacionales.
Asimismo, las personas trabajadoras de la Empresa no podrán por sí o por persona interpuesta, prometer, ofrecer, conceder ni solicitar o aceptar a ninguna persona ya sea interna o externa a la empresa, o a una entidad pública o privada, un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza injustificado para que le favorezca a él/ella o a un/a tercero/a frente a otros/as, incumpliendo sus obligaciones en la adquisición o venta de mercancías o en la contratación de servicios profesionales.
Solamente serán permitidos aquellos regalos que no influyan en la toma de decisiones empresariales, como los regalos promocionales o de escaso valor, así como aquellos ofrecidos en fechas concretas, ya que no se pueden considerar conductas delictivas puesto que su finalidad responde al mantenimiento de las buenas relaciones comerciales, al “cuidado del cliente”.
Cuando cualquier miembro de la plantilla y proveedor/a de GRUPO KAIRÓS se encuentre en la situación de aceptar un obsequio que no deba, tendrá que rechazarlo o devolverlo procurando evitar que suponga una ofensa grave para la entidad o persona oferente. Si tiene dudas sobre lo que es aceptable o no, deberá consultarlo con su superior jerárquico que, a su vez, lo transmitirá al Departamento Legal. En el caso de que no se pueda realizar dicha devolución, el obsequio automáticamente pasará a ser propiedad de la Empresa para destinarlo posteriormente a fines sociales.
Todas las dádivas ofrecidas y recibidas quedarán registradas para un control más exhaustivo. La plantilla deberá informar a la Dirección de su Área correspondiente de los obsequios realizados o recibidos a fin de que puedan ser registrados. En GRUPO KAIRÓS tomaremos especial cuidado cuando evaluemos a un/a tercero/a potencial (consultoría, agentes, etc.) que pudiera interactuar con la Administración Pública en nombre de la Empresa ya que, si una empresa externa contratada comete soborno, GRUPO KAIRÓS puede ser considerada como su responsable.
GRUPO KAIRÓS deberá cumplir siempre las leyes contra el blanqueo de capitales que rijan en cualquier jurisdicción competente. Para ello, la Empresa cuenta con una política propia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, que es de carácter superior a este Código y regirá en detrimento de este, el cual servirá como base y subsidiariamente en caso de que aquel no lo contemplare.
La Dirección y demás personal de GRUPO KAIRÓS, así como sus proveedores o cualquier sujeto con el que tenga relación, no deberán realizar ni verse involucrados en actividades que impliquen el blanqueo de capitales, es decir, no deben adquirir, poseer, utilizar, convertir, o transmitir bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva (cometida por él o por un tercero) o realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado para eludir las consecuencias legales de sus actos.
La Empresa establece políticas para prevenir y evitar en el transcurso de sus operaciones, la realización de pagos irregulares o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas. Las citadas políticas establecen controles específicos sobre aquellas transacciones económicas, tanto cobros como pagos, de naturaleza o importe inusual realizados en efectivo o con cheques al/a la portador/a, así como sobre todos aquellos pagos realizados a entidades con cuentas bancarias abiertas en paraísos fiscales, identificando en todos los casos la titularidad de las mismas.
Del mismo modo, tanto la Dirección como la plantilla de GRUPO KAIRÓS deberán estar vigilantes durante el cumplimento de sus funciones para detectar y evitar el blanqueo de capitales, y en caso de que pueda detectar alguna situación que pueda estar relacionada con dichas conductas delictivas, deberá informar en la mayor brevedad posible a su superior inmediato o a través del Canal Denuncia contemplado en la política de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Los miembros de la plantilla de GRUPO KAIRÓS revisarán con especial atención los pagos extraordinarios no previstos en los acuerdos o contratos correspondientes. Las personas trabajadoras de GRUPO KAIRÓS permanecerán alerta frente a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que la Empresa mantiene relaciones. Antes de establecer relaciones de negocios con terceras personas, deberán comprobar la información disponible (incluida la financiera) sobre sus posibles socios comerciales y proveedores, con el fin de averiguar la respetabilidad de los mismos y la legitimidad de sus actividades.
La comunicación a través de la publicidad y mercadotecnia de las unidades de negocios de GRUPO KAIRÓS deberá ser:
La información presentada al público en general debe ser clara, precisa y honesta. Debemos por tanto:
GRUPO KAIRÓS cumplirá puntualmente con las responsabilidades y obligaciones fiscales y con la seguridad social. En atención a este punto, se debe verificar de forma exhaustiva y sistemática cualquier hecho de trascendencia tributaria con el fin de no defraudar a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local ya sea por acción u omisión (eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma).
Asimismo, por su respeto a la sociedad y a las instituciones públicas, GRUPO KAIRÓS se compromete a no defraudar a la Seguridad Social (eludiendo el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obteniendo indebidamente devoluciones de las mismas, disfrutando de deducciones por cualquier concepto asimismo de forma indebida, etc.) La Empresa se compromete a no falsear condiciones para obtener la concesión de subvenciones o ayudas públicas. GRUPO KAIRÓS no solicitará ni obtendrá subvenciones o ayudas que no estuvieran debidamente justificadas. GRUPO KAIRÓS solicitará a todas las empresas colaboradoras que cumplan con las mismas responsabilidad y obligaciones.
Cabe destacar que, las siguientes disposiciones aplicables al uso del correo electrónico institucional, también serán aplicables para el caso de que al trabajador le sea designada una cuenta de correo electrónico interno, por parte de cualquier cliente, por lo que, las cuentas de correo electrónico asignadas por los clientes serán protegidas y recaerá las mismas disposiciones descritas a continuación.
La empresa suministra a sus empleados herramientas de Internet, Intranet, correo electrónico y mensajería instantánea, e incluso y solo a plena decisión de GRUPO KAIRÓS, ordenador (laptop) o teléfono móvil. Por lo que, sólo se considera cuenta de Correo Electrónico Institucional aquella asignada por GRUPO KAIRÓS, por lo que no se dará soporte técnico al trabajador para ningún otro tipo de cuentas de correo electrónico; el uso de éstas quedará bajo la más estricta responsabilidad del usuario.
Cuando el trabajador deje de usar su estación de trabajo deberá de cerrar el software cliente o programa de correo electrónico (Gmail) que utilice para leer su correo o en su caso el explorador de Internet utilizado, para evitar que otra persona pueda tener acceso a la información de su cuenta.
El único correo electrónico autorizado para la generación, transmisión, recepción y conservación de información oficial de GRUPO KAIRÓS es el Correo Electrónico Institucional.
Las cuentas de Correo Electrónico Institucional y contraseñas asignadas a cada usuario son personales e intransferibles. Una vez asignada la cuenta y contraseña correspondiente, el trabajador podrá hacer uso del Correo Electrónico Institucional. La confidencialidad y el uso de la cuenta y contraseña serán responsabilidad única y exclusiva del usuario o trabajador.
Lectura del correo
Del mal uso del correo electrónico
De igual modo, se deberá atender a las políticas internas de Grupo Kairós, en relación con toda la Seguridad de la Información, Ciberseguridad y Protección de Datos.
GRUPO KAIRÓS permite el desplazamiento de los trabajadores para que presten servicios fuera del centro de trabajo asignado en el contrato de trabajo, siempre bajo autorización expresa de la Dirección de GRUPO KAIRÓS, Departamento de HR o Departamento Legal, siempre con base a los siguientes fundamentos, y que a la postre regirán posteriormente en un anexo contractual que se firme con el trabajador, y que tendrá carácter preferente con respecto a este Código, subsidiario:
El trabajador se obliga en todo momento a cuidar y resguardar todo el material de trabajo que sea suministrado y pertenezca a GRUPO KAIRÓS, en el entendido de que, será responsable de su cuidado y cualquier deterioro causado por su descuido o impericia. Asimismo, el trabajador se obliga a:
Constituye un pilar fundamental y un principio básico de actuación en GRUPO KAIRÓS la garantía de proporcionar las mismas oportunidades a todas las personas, tanto en las fases de acceso al mundo laboral como en el desarrollo y promoción profesional dentro de la compañía. Este compromiso se traduce en una vigilancia constante para asegurar, en todo momento, la ausencia total de situaciones de discriminación.
Entendemos la igualdad como un derecho irrenunciable, independientemente del sexo, orientación sexual, raza, religión, origen, estado civil, edad o condición social de los individuos. Para nosotros, el talento no tiene etiquetas y nuestra cultura corporativa se encarga de proteger este entorno de respeto mutuo.
Para dar cumplimiento a estos principios, la organización se rige por el Plan de Igualdad, así como los protocolos de prevención del acoso, protocolo de acoso contra el colectivo LGTBIQ+ debidamente implementados para España, y sus respectivos para México y Perú. Estas herramientas son de obligado cumplimiento y sirven como hoja de ruta para identificar, gestionar y solventar cualquier deficiencia o conducta que pudiera vulnerar la dignidad de las personas en el entorno de trabajo.
En consecuencia, todos los profesionales que intervengan en procesos de contratación, selección o promoción interna tienen el mandato de actuar bajo criterios de estricta objetividad. Sus decisiones se basan exclusivamente en la idoneidad técnica y profesional, manteniendo siempre una actitud abierta a la diversidad y buscando identificar los perfiles que mejor encajen con las necesidades del puesto, bajo un prisma de equidad.
La apuesta de GRUPO KAIRÓS por un entorno inclusivo se refuerza mediante nuestra colaboración activa con entidades de referencia en el ámbito de la diversidad. Estas alianzas nos permiten integrar diferentes perspectivas y enriquecer nuestro capital humano:
Colaboración con Asociaciones Especializadas: Trabajamos de la mano con distintas asociaciones y fundaciones, apoyando su labor y fomentando la integración de colectivos con necesidades específicas, demostrando que la diversidad es un valor que suma capacidades a nuestro proyecto común.
Igualmente, somos parte de la Fundación Diversidad, reafirmando nuestro compromiso con la inclusión laboral y la gestión de entornos de trabajo diversos como motor de innovación y progreso social.
A través de estas uniones, GRUPO KAIRÓS proyecta su voluntad de ser un agente de cambio, promoviendo una sociedad más justa donde la igualdad de oportunidades sea una realidad tangible y cotidiana.
A tenor de lo recogido en la propia Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), KAIRÓS sustenta y promueve estos mismos hechos, derechos y libertades fundamentales que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir. Respetarlos nos permite crear las condiciones indispensables para que los seres humanos vivamos dignamente en un entorno de libertad, justicia y paz.
Los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes. Engloban derechos y obligaciones inherentes a todos los seres humanos que nadie, y no hacen distinción de sexo, nacionalidad, lugar de residencia, origen nacional o étnico, religión, lengua, edad, partido político o condición social, cultural o económica.
Por todo ello, KAIRÓS se compromete a su absoluto acatamiento e integración en todos los aspectos de su core de negocio y promover todos los derechos que en ella se recogen y emanan.
El acoso, el abuso, la intimidación, la falta de respeto y consideración o cualquier tipo de agresión física o verbal son inaceptables y no se permitirán ni tolerarán en el trabajo, y aquellos trabajadores con personal a su cargo en las unidades organizativas de GRUPO KAIRÓS, deberán promover y asegurarse, con los medios a su alcance, que dichas situaciones no se produzcan.
Todos los trabajadores y, especialmente, quienes desempeñen funciones de dirección, promoverán en todo momento, y en todos los niveles profesionales, unas relaciones basadas en el respeto por la dignidad de los demás, la participación, la equidad y la colaboración recíproca, propiciando un ambiente laboral respetuoso a fin de lograr un clima de trabajo positivo.
Política de información
Todos los empleados serán informados y aceptarán los principios y criterios en que GRUPO KAIRÓS basa su desarrollo profesional, la eficacia de su gestión y el fortalecimiento de su compromiso con los fines y objetivos de la Empresa.
Compromiso con la formación
Cada empleado deberá atender a su propia formación, utilizando todos los medios que GRUPO KAIRÓS pone a su disposición, en un compromiso constante consigo mismo y con la Compañía dirigido a actualizar e incrementar su formación, a fin de alcanzar su pleno desarrollo profesional y el logro de sus objetivos personales.
Profesionalidad en el trabajo
Los empleados de GRUPO KAIRÓS actuarán en el ejercicio de aquellas competencias que les estén atribuidas por razón de sus cargos, poniendo en práctica criterios que conduzcan a la mayor eficacia, al menor coste posible, siguiendo siempre las pautas que, según su respectiva formación técnica, sean, en cada caso, las pertinentes.
Promoción profesional
La promoción interna en GRUPO KAIRÓS está basada en principios de capacidad, competencia y méritos profesionales. Las decisiones al respecto se adoptarán conforme a criterios claros, objetivos y transparentes. Todos los empleados serán informados de las herramientas de evaluación de su rendimiento y valoración de sus resultados, que en cualquier caso estarán basadas en criterios de objetividad y transparencia.
Conciliación del trabajo y vida personal
En orden a desarrollar el compromiso de responsabilidad social corporativa asumido por GRUPO KAIRÓS, para mejorar la calidad de vida de los empleados y de sus familias, los trabajadores promoverán un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, ayudando a las personas de sus equipos a conciliar de la mejor manera posible los requerimientos del trabajo con las necesidades de su vida personal y familiar.
Dirección de los mandos y directivos de GRUPO KAIRÓS
La atribución de competencias directivas en todos los niveles de nuestra Organización conlleva, también, la asunción de las responsabilidades derivadas de la toma de decisiones. El ejercicio del mando será también escuela de formación, ejercicio de evaluación constante, estímulo del talento y cauce de desarrollo profesional de nuestros empleados, mediante el diseño de planes de carrera y de sucesión de puestos directivos. Los directivos y mandos de GRUPO KAIRÓS son responsables de la motivación y comunicación entre los miembros de sus equipos, fomentando para ello un estilo de dirección participativo en el que se potencie la comunicación, se practique la delegación y se fomente la iniciativa, el trabajo en equipo, la orientación a resultados y la colaboración con los demás.
El presente Código Ético ha sido elaborado por el Departamento Legal de GRUPO KAIRÓS y refrendado por su Comité de Dirección, en día y fecha ut supra.
supra.